Saltar al contenido
Graduado Social Red Graduado Social Red
La comunidad del Graduado Social

Divulgación técnica y actualidad jurídica

Analizamos las últimas novedades legislativas, sentencias y criterios administrativos que afectan al día a día del asesoramiento laboral.

I+D técnico para el sector laboral

Automatización y Seguridad Social

Dos líneas de investigación y desarrollo propias: calculadoras y scripts de automatización, y doctrina de Seguridad Social.

Excelencia y rigor

Referencia para el profesional del Derecho Laboral

Un espacio nacido de la práctica real para elevar el perfil de nuestra profesión y compartir conocimiento técnico de calidad.

+500 sentencias propias con ECLI y resumen técnico
+40 últimas novedades legales analizadas
100% acceso a toda la normativa actualizada
100% acceso gratuito a todo el contenido

Últimas Publicaciones

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, atendiendo a los medios ante micrófonos de prensa

Real Decreto de condiciones laborales transparentes: así cambia el deber de información del artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores

El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto que transpone la Directiva (UE) 2019/1152 y sustituye al RD 1659/1998: desaparece el plazo de dos meses para informar por escrito de las condiciones esenciales del contrato, se amplía el catálogo de información obligatoria y se garantiza el acceso a los criterios algorítmicos que afectan al empleo.

09 sep 2026Leer →
Una trabajadora de hostelería con delantal sostiene una libreta en un restaurante

Publicado el artículo sobre la modificación del VI ALEH: audiencia previa de dos días antes del despido disciplinario

El BOE del 4 de septiembre publica la modificación del VI Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería, vigente hasta el 31 de diciembre de 2030: exige por primera vez dar audiencia previa al trabajador antes de un despido disciplinario, y fija un marco disciplinario específico para el uso de redes sociales.

08 sep 2026Leer →
Una responsable de recursos humanos muestra un contrato a un candidato durante una entrevista de trabajo

El Gobierno endurece las exigencias a las empresas para despedir en periodo de prueba

Trabajo prepara un Real Decreto que obligará a que los contratos detallen la duración concreta del periodo de prueba y qué capacidades o elementos del desempeño están sujetos a examen. La falta de concreción abrirá la puerta a que el cese se impugne judicialmente.

07 sep 2026Leer →
Un pasaporte junto a una tarjeta de embarque, sobre un fondo oscuro

Se abre el plazo para que los pensionistas residentes en el extranjero acrediten su vivencia por segunda vez en 2026

Desde el 1 de septiembre está abierto el plazo, hasta el 30 de septiembre, para que los pensionistas del INSS o el ISM residentes fuera de España acrediten su fe de vida por segunda vez este año, algo que nunca había ocurrido hasta ahora.

07 sep 2026Leer →

Ver Blog y Actualidad →

Últimas Sentencias Añadidas

Ver toda la Jurisprudencia →

Últimas Novedades Legislativas

Ver todos los Proyectos de Ley →

Nuestra Filosofía

La capacidad de automatizar tareas repetitivas mediante herramientas propias es, hoy, la mayor ventaja competitiva del asesor laboral moderno. Mantenerse al día en un entorno tan cambiante requiere no solo rigor, sino una comunidad que comparta criterio y contraste técnico.

Pablo Alarcón Agulló Pablo AlarcónFundador de Graduado Social Red
  • 01

    Rigor técnico

    Cada sentencia, calculadora y artículo se contrasta contra la fuente oficial —BOE, CENDOJ, criterio administrativo— antes de publicarse.

  • 02

    Automatización con criterio

    Herramientas propias que ahorran horas reales de trabajo repetitivo, sin sustituir nunca el juicio profesional del asesor.

  • 03

    Comunidad y contraste

    El criterio de un único despacho tiene límites. Compartir casos y dudas con otros profesionales mejora la práctica de todos.

Líneas de Investigación y Desarrollo

Dos frentes donde el análisis jurídico se apoya en desarrollo técnico propio.

Inicio / Normativa / Preguntas Frecuentes

Ayuda práctica

Preguntas Frecuentes

Dudas habituales sobre contratación, jornada, salario y extinción del contrato, con referencia a los artículos del Estatuto de los Trabajadores que las regulan.

1Contratación y Periodo de Prueba

¿Me pueden despedir durante el periodo de prueba sin derecho a indemnización?

Sí. Durante el periodo de prueba (regulado en el art. 14 del Estatuto de los Trabajadores), cualquiera de las partes puede romper la relación laboral de forma unilateral, sin necesidad de preaviso y sin derecho a indemnización.

⚠️ Excepción: el despido será nulo si se produce vulnerando derechos fundamentales (por ejemplo, despedir a una trabajadora por el hecho de estar embarazada).
¿Cuál es la duración máxima del periodo de prueba?

Salvo que el convenio colectivo de tu sector diga lo contrario, los límites máximos legales son:

  • Técnicos titulados: hasta 6 meses.
  • Demás trabajadores: hasta 2 meses (en empresas de menos de 25 trabajadores, el límite para no titulados puede ser de hasta 3 meses).

2Jornada, Registro Horario y Vacaciones

¿Es obligatorio fichar todos los días en la empresa?

Sí, sin excepciones. El registro de jornada es obligatorio para todos los trabajadores (art. 34.9 del ET), independientemente de que trabajen de forma presencial o realicen teletrabajo. El sistema debe registrar la hora exacta de inicio y fin de la jornada, así como las pausas y los desplazamientos, y la empresa debe conservar estos registros durante 4 años.

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por ley?

Te corresponden, como mínimo, 30 días naturales al año (o 2,5 días por mes trabajado). El convenio colectivo puede mejorar esta cifra, pero nunca reducirla.

  • Se deben pactar de mutuo acuerdo entre empresa y trabajador con al menos 2 meses de antelación.
  • No son compensables económicamente: la empresa no puede pagarlas en lugar de que las disfrutes, salvo si el contrato se extingue y quedan días pendientes.
¿Qué ocurre con las horas extraordinarias?

El máximo legal de horas extra es de 80 horas al año (salvo las de fuerza mayor). Deben abonarse en la cuantía que fije el convenio (nunca inferior al valor de la hora ordinaria) o compensarse por tiempos de descanso retribuido dentro de los 4 meses siguientes a su realización.

3Salario y Nóminas

¿Qué conceptos básicos deben aparecer obligatoriamente en mi nómina?

Una nómina legal en España se divide estructuralmente en tres bloques:

  • Devengos: salario base y complementos (antigüedad, nocturnidad, etc.) — el "salario bruto".
  • Deducciones: retenciones por IRPF y aportaciones del trabajador a la Seguridad Social (contingencias comunes, desempleo, formación profesional y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional — MEI).
  • Líquido a percibir: el dinero real que ingresas en tu cuenta bancaria ("salario neto").
¿Qué pasa si la empresa se retrasa repetidamente en el pago del salario?

El impago o retraso continuado de la nómina es causa justa para que el trabajador solicite la extinción voluntaria del contrato por la vía judicial (art. 50 del ET). Si el juez da la razón al trabajador, este tendrá derecho a la misma indemnización que correspondería a un despido improcedente, y podrá acceder a la prestación por desempleo.

4Extinción del Contrato y Despidos

¿Qué diferencia hay entre un despido procedente, improcedente y nulo?

La calificación del despido determina las consecuencias económicas y legales:

Tipo de despidoCausaConsecuencia legal
Procedente La empresa demuestra las causas (económicas, organizativas o faltas disciplinarias del trabajador). El despido es válido. Si es objetivo, corresponde indemnización de 20 días/año; si es disciplinario, 0 días.
Improcedente La empresa no puede demostrar la causa del despido o no ha cumplido con los requisitos formales. La empresa debe elegir en 5 días entre readmitir al trabajador o pagarle una indemnización de 33 días por año trabajado (tope de 24 mensualidades).*
Nulo El despido se debe a motivos de discriminación prohibidos por la ley o vulnera derechos fundamentales. Readmisión obligatoria e inmediata del trabajador, con abono de los salarios de tramitación (los dejados de percibir).

* Nota histórica de transición: para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, el tramo de antigüedad previo a esa fecha se calcula a razón de 45 días por año trabajado.

Llevo años encadenando contratos temporales en la Administración Pública, ¿tengo derecho a que me declaren fijo?

Ya no, con carácter general. El Tribunal Supremo (STS 578/2026, de 30 de junio, Pleno de la Sala de lo Social, reiterando la STS 475/2026 y aplicando la doctrina de la STJUE Obadal, C-418/24) ha desterrado la figura del "indefinido no fijo" y descarta que el abuso de la temporalidad en el empleo público genere la fijeza automática si no se ha superado un proceso selectivo respetuoso con los principios de igualdad, mérito y capacidad (arts. 23.2 y 103.3 CE).

En su lugar, la persona trabajadora tiene derecho a una indemnización por los daños y perjuicios sufridos (moral y, en su caso, material) y la Sala ordena dar traslado de los hechos a la Inspección de Trabajo para su eventual sanción a la Administración incumplidora.

⚠️ Doctrina muy reciente y todavía en desarrollo: consulta el análisis completo en el blog antes de fijar la estrategia procesal en un caso concreto.

5Finiquito e Indemnización

¿Qué es el finiquito y en qué se diferencia de la indemnización?

El finiquito (documento de saldo y finiquito) es la liquidación de las cantidades que la empresa adeuda al terminar la relación laboral: los días trabajados del mes en curso, la parte proporcional de las pagas extra si no están prorrateadas y las vacaciones no disfrutadas. Corresponde siempre, independientemente del motivo de la baja, incluso en una baja voluntaria.

La indemnización es la compensación económica por la pérdida del empleo. Solo se abona en ciertos tipos de despido o finalizaciones de contratos temporales específicos. Si firmas una baja voluntaria, no tienes derecho a indemnización ni a cobrar el paro de forma inmediata.

6Plazos para Reclamar

¿Qué plazo tengo para reclamar si no estoy de acuerdo con mi despido?

El plazo de caducidad es sumamente estricto: 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos) desde la fecha de efectos del despido. El primer paso obligatorio es presentar una papeleta de conciliación ante el servicio administrativo correspondiente (como el SMAC) antes de acudir a la vía judicial.