El complemento de maternidad se calcula sobre la pensión inicial, no sobre el 50% reducido de la jubilación activa
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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Tribunal SupremoEl complemento de maternidad se calcula sobre la pensión inicial, no sobre el 50% reducido de la jubilación activaIT y Seguridad Social30/03/2026
Un pensionista obtuvo jubilación activa (percibiendo el 50% de su base) desde marzo de 2018. En 2021 solicitó el complemento de maternidad por aportación demográfica, inicialmente denegado; el INSS lo reconoció después calculándolo sobre ese 50% reducido de la jubilación activa. Sus herederos reclamaron que se aplicara sobre el 100% de la pensión inicialmente reconocida.
El Tribunal Supremo desestima el recurso del INSS y confirma la sentencia del TSJ de Cantabria: el complemento de maternidad debe calcularse sobre el importe del reconocimiento inicial de la pensión, sin que la reducción del 50% aplicable durante la jubilación activa afecte a la base de cálculo de este complemento, que responde a una lógica distinta de la de compatibilizar pensión y trabajo.
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