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Los trabajadores no deben pagar de su bolsillo los descuadres de caja si no cobran un plus específico para ello

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Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (830 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
Tribunal SupremoLos trabajadores no deben pagar de su bolsillo los descuadres de caja si no cobran un plus específico para elloRetribución, complementos y beneficios08/04/2026

Los sindicatos ALFERRO y SF-I impugnaron mediante conflicto colectivo un procedimiento interno de una empresa pública de transporte ferroviario que exigía a los trabajadores reponer de su propio bolsillo los descuadres de caja, sin que percibieran un complemento específico —como el de handling— destinado a cubrir ese riesgo.

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación del Abogado del Estado, en representación de la empresa, y confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, favorable a los sindicatos, al considerar que el quebranto de moneda forma parte del riesgo empresarial amparado por el principio de ajenidad y no puede trasladarse al trabajador sin la debida compensación.

QUEBRANTO DE MONEDARIESGO EMPRESARIALAJENIDADDESCUADRE DE CAJACOMPLEMENTO HANDLINGDESPIDO DISCIPLINARIO

ECLI: ES:TS:2026:1804 · Nº recurso: 84/2025 · Ponente: Juan Molins García-Atance

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