El plus de disponibilidad no compensa por sí solo el exceso de jornada de un capitán de remolcador
No se han encontrado resoluciones que coincidan con los filtros seleccionados.
| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
|---|
Tribunal SupremoEl plus de disponibilidad no compensa por sí solo el exceso de jornada de un capitán de remolcadorJornada, permisos y conciliación10/03/2026
Un capitán de remolcador reclamó a su empresa naviera la compensación de un exceso de jornada de 2.753,76 horas registrado en 2020. La empresa se defendía alegando que ese exceso quedaba compensado mediante el plus de disponibilidad y los descansos acumulados reconocidos en su régimen retributivo, así como mediante los coeficientes reductores de la edad de jubilación aplicables al sector marítimo.
El Tribunal Supremo desestima el recurso empresarial y confirma la condena al pago de 28.190,60 euros por las horas extraordinarias, rechazando que puedan compensarse mediante el plus de disponibilidad ni mediante los coeficientes reductores de jubilación, al tratarse de conceptos con finalidad y naturaleza distintas de la compensación económica del tiempo de trabajo efectivamente realizado en exceso.
Ver la ficha completa →También te puede interesar
Sentencias relacionadas
- Compensar en cuatro meses el descanso semanal que coincide con un festivo no es distribución irregular de la jornada
- El permiso de cinco días por enfermedad u hospitalización de un familiar no tiene tope anual y sigue tras el alta si hay reposo domiciliario
- La empresa no puede obligar a disfrutar dos semanas de vacaciones fuera del verano, una en cada semestre, si el convenio no lo prevé
- Escuelas infantiles de Galicia: cambiar las horas semanales de programación por tres cierres anticipados no es una modificación sustancial
Documento oficial
Crónicas oficiales del Tribunal Supremo
Documento oficial
Instrucciones y acuerdos del CGPJ
Enlace oficial
Crónica de Jurisprudencia del Tribunal Supremo
El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo elabora cada año esta crónica con las sentencias más relevantes de todas sus Salas. En la página del CGPJ están todas las ediciones publicadas, desde la de 2016-2017 hasta la de 2025-2026.
