Despido procedente por negarse a reincorporarse presencialmente tras finalizar el teletrabajo excepcional por la pandemia
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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TSJ CataluñaDespido procedente por negarse a reincorporarse presencialmente tras finalizar el teletrabajo excepcional por la pandemiaDespido y extinción del contrato02/06/2025
Un ingeniero de EDAG Engineering Spain, destinado como cliente en Nissan, se negó reiteradamente a reincorporarse de forma presencial 4-5 días al mes, coincidiendo con las reuniones del CST, tras la finalización del teletrabajo excepcional habilitado durante la pandemia, alegando motivos familiares derivados de su traslado a Galicia.
El TSJ de Cataluña desestima su recurso de suplicación y confirma el despido disciplinario procedente por desobediencia y ausencias injustificadas, al no existir un acuerdo formal de teletrabajo acogido a la Ley 10/2021.
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