Despedir a la trabajadora meses después de que reclame salarios y denuncie acoso ante Inspección es una represalia nula
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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TSJ Castilla y LeónDespedir a la trabajadora meses después de que reclame salarios y denuncie acoso ante Inspección es una represalia nulaIgualdad, discriminación y derechos fundamentales16/03/2026
Una agente comercial con contrato indefinido a tiempo parcial presentó en marzo de 2023 una demanda ante el organismo de conciliación por diferencias salariales, la reprodujo judicialmente en mayo y denunció en junio ante la Inspección de Trabajo un presunto acoso laboral. En julio de 2023 la empresa la despidió disciplinariamente por una disminución voluntaria y continuada de su rendimiento.
La Sala declara la nulidad del despido por considerarlo una represalia por el ejercicio de derechos fundamentales: la sucesión temporal entre las acciones legales de la trabajadora y su despido constituye indicio suficiente de represalia, vulnerando la garantía de indemnidad. Condena a la empresa a readmitirla en sus condiciones previas, abonar los salarios dejados de percibir y pagar 7.400 euros de indemnización por daño moral.
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