Análisis Jurídico de la Nueva Prestación Extraordinaria por Emergencia Extrema ante los Incendios Forestales (PEEE)
El Consejo de Ministros crea la Prestación Extraordinaria por Emergencia Extrema (PEEE), a cargo del SEPE, para garantizar las rentas de los trabajadores cuya actividad o vida personal se vea gravemente alterada por los incendios forestales: hasta 4 meses de prestación, sin período de carencia y sin consumir cotizaciones previas.
La oleada de incendios forestales de este verano ha obligado al Consejo de Ministros a reaccionar rápido. Entre el paquete de medidas urgentes aprobado destaca una nueva prestación: la Prestación Extraordinaria por Emergencia Extrema (PEEE), que correrá a cargo del SEPE y busca garantizar rentas y estabilidad en el empleo a quienes vean su actividad o su vida personal gravemente alterada por el fuego.
Qué es exactamente la PEEE
Jurídicamente, el acceso a la PEEE conlleva la suspensión del contrato de trabajo desde la fecha efectiva del hecho causante. Tres rasgos la hacen distinta de una prestación convencional:
Duración. Hasta 4 meses como máximo.
Sin período de carencia. No hace falta acreditar cotización previa para tener derecho a ella.
Contador a cero. El tiempo que se perciba no consume las cotizaciones ya hechas, así que no afecta a futuras prestaciones.
Quién puede acogerse
El legislador ha tasado los supuestos con bastante precisión:
Imposibilidad de acceso al domicilio habitual. Órdenes de evacuación o restricciones de acceso que impidan recuperar bienes indispensables para trabajar, siempre que el teletrabajo no sea una opción real.
Reacondicionamiento de la vivienda. Traslado, limpieza o recuperación de enseres, hasta que haya una solución habitacional estable.
Gestiones administrativas ineludibles. Trámites de documentos oficiales que solo puedan hacerse presencialmente en horario laboral.
Deberes de cuidado. Atención derivada de los incendios al cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta segundo grado, o a cualquier otra persona que conviva en el mismo domicilio.
La PEEE traslada el coste salarial al SEPE durante la contingencia, así que alivia bastante la presión sobre las empresas. El reto para los despachos está en la tramitación: hay que justificar bien el nexo causal entre el siniestro y el supuesto concreto para que la suspensión no genere problemas después.
Fuente: Consejo de Ministros de 28 de julio de 2026 — referencia y rueda de prensa sobre las ayudas frente a los incendios y la protección laboral extraordinaria para los afectados (Ministerio de Trabajo y Economía Social / La Moncloa).
Pablo Alarcón Agulló
Graduado Social y asesor laboral especializado en Derecho del Trabajo, Seguridad Social. Divulgador técnico en Graduado Social Red.
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