Saltar al contenido
Graduado Social Red

Inicio / Jurisprudencia / Aunque no existiera derecho al subsidio de desempleo, no procede su reintegro si el error es únicamente imputable al SEPE

Aunque no existiera derecho al subsidio de desempleo, no procede su reintegro si el error es únicamente imputable al SEPE

RSS
Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (830 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
TSJ MadridAunque no existiera derecho al subsidio de desempleo, no procede su reintegro si el error es únicamente imputable al SEPESeguridad Social e Incapacidad Temporal06/07/2026

El SEPE reconoció a un beneficiario el subsidio de desempleo para mayores de 52 años en cuatro ocasiones sucesivas entre 2021 y 2024, suspendiéndolo cada vez por falta de inscripción como demandante de empleo y volviendo a reactivarlo poco después sin comprobar que, en realidad, el interesado nunca había cumplido los requisitos de acceso (no existía una situación legal de desempleo previa ni un periodo de cotización o prestación agotada que lo justificase). El SEPE demandó después la nulidad de sus propias resoluciones y el reintegro de 28.603,10 euros percibidos indebidamente; el juzgado de instancia desestimó la demanda en su integridad.

El TSJ de Madrid estima en parte el recurso del SEPE: declara la nulidad de las resoluciones y confirma que el beneficiario no tenía derecho al subsidio, pero mantiene la desestimación de la obligación de reintegro. Aplicando la doctrina del Tribunal Supremo (STS 1186/2024) y del TEDH (asunto Cakarevic c. Croacia), razona que cuando el beneficiario no ha incurrido en mala fe ni ha realizado alegaciones falsas u omisiones voluntarias, la prestación satisface necesidades básicas de subsistencia y el error de reconocimiento es imputable en exclusiva a la entidad gestora —que llegó a cometer el mismo error hasta cuatro veces—, exigir la devolución le impondría una carga desproporcionada incompatible con el principio de «buena gobernanza» administrativa.

SUBSIDIO DE DESEMPLEOREINTEGRO DE PRESTACIONESBUENA FETEDH

ECLI: ES:TSJM:2026:9537 · Nº recurso: 233/2026 · Ponente: José Manuel Yuste Moreno

Ver la ficha completa →

Documento oficial

Crónicas oficiales del Tribunal Supremo

Documento oficial

Instrucciones y acuerdos del CGPJ

Enlace oficial

Crónica de Jurisprudencia del Tribunal Supremo

El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo elabora cada año esta crónica con las sentencias más relevantes de todas sus Salas. En la página del CGPJ están todas las ediciones publicadas, desde la de 2016-2017 hasta la de 2025-2026.