Un error administrativo del SEPE al reconocer un subsidio no puede obligar a devolverlo si cubría necesidades básicas de subsistencia
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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Tribunal SupremoUn error administrativo del SEPE al reconocer un subsidio no puede obligar a devolverlo si cubría necesidades básicas de subsistenciaIT y Seguridad Social16/04/2026
Una pensionista con incapacidad permanente total reconocida desde el año 2000 solicitó en septiembre de 2020 el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, que le fue reconocido por error administrativo pese a ser incompatible con su pensión. El SEPE intentó después reclamarle 11.740,10 euros percibidos indebidamente entre septiembre de 2020 y septiembre de 2022.
El Tribunal Supremo desestima el recurso del SEPE y confirma la sentencia que exoneró a la beneficiaria de devolver las prestaciones, aplicando la doctrina Cakarevic del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: cuando el error es exclusivamente administrativo, sin culpa del beneficiario, y las cantidades cubren necesidades básicas de subsistencia, no puede exigirse un reintegro desproporcionado que vulnere el derecho de propiedad reconocido en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
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