El Tribunal Supremo reconoce la fijeza de una trabajadora tras 200 contratos temporales aplicando la doctrina del TJUE
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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Tribunal SupremoEl Tribunal Supremo reconoce la fijeza de una trabajadora tras 200 contratos temporales aplicando la doctrina del TJUEContratación, movilidad y plataformas14/07/2026
Una trabajadora del Instituto Foral de Asistencia Social prestó servicios desde el año 2007 mediante sucesivos contratos temporales, hasta alcanzar un total de 200 contratos, el último de ellos de interinidad por vacante suscrito en 2016. La trabajadora se presentó y superó un proceso selectivo para la cobertura de plazas fijas convocado por la propia Administración, sin llegar a obtener plaza, pese a que las bases de la convocatoria contemplaban expresamente que no podía aprobarse a nadie sin adjudicarle puesto. En su demanda reclamó el reconocimiento de la condición de trabajadora fija.
El Tribunal Supremo, reiterando la doctrina fijada en Pleno a partir de la STJUE Obadal sobre los efectos del uso abusivo de la contratación temporal en el sector público, estima el recurso y reconoce la fijeza de la relación laboral. La Sala toma como sentencia de contraste la del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Santa Cruz de Tenerife) de 23 de enero de 2019 (rec. supl. 193/2018) para fijar unidad de doctrina sobre esta modalidad de fraude en la contratación temporal de las Administraciones Públicas.
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