Modificar el cálculo de los incentivos descontando la incapacidad temporal sin negociar con la plantilla es una modificación sustancial nula
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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Tribunal SupremoModificar el cálculo de los incentivos descontando la incapacidad temporal sin negociar con la plantilla es una modificación sustancial nulaConvenios y conflictos colectivos14/01/2026
Andalucía Emprende, Fundación Pública, modificó unilateralmente para 2022 el sistema de cálculo de incentivos del colectivo UTEDLT, descontando los periodos de incapacidad temporal, sin comunicar ni negociar ese cambio con los representantes de los trabajadores conforme al procedimiento del Estatuto de los Trabajadores.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación de la fundación y confirma que la medida constituye una modificación sustancial de condiciones de trabajo realizada sin seguir los trámites legalmente exigidos, por lo que es nula. Ordena el abono íntegro de las cantidades detraídas a los trabajadores afectados y rechaza que exista incongruencia omisiva en la sentencia recurrida.
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