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El infarto sufrido en el domicilio durante el teletrabajo puede calificarse como accidente de trabajo

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Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (830 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
Tribunal SupremoEl infarto sufrido en el domicilio durante el teletrabajo puede calificarse como accidente de trabajoPrevención de riesgos laborales y accidentes23/04/2026

Una trabajadora de una empresa de externalización de servicios falleció por un infarto de miocardio mientras teletrabajaba desde su domicilio en horario flexible.

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación del beneficiario, casa la sentencia del TSJ de Madrid y confirma que la mutua colaboradora con la Seguridad Social debe responder de la prestación por muerte y supervivencia, al aplicar la presunción de laboralidad y calificar el suceso como accidente de trabajo, sin que la mutua lograra desvirtuar dicha presunción.

ACCIDENTE DE TRABAJOTELETRABAJOINFARTO DE MIOCARDIOPRESUNCIÓN DE LABORALIDADCARGA DE LA PRUEBAHORARIO FLEXIBLE

ECLI: ES:TS:2026:1950 · Nº recurso: 2505/2024 · Ponente: Juan Martínez Moya

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