Despido improcedente de un trabajador que corrió una carrera popular estando de baja por un esguince: la doctrina gradualista impide la máxima sanción
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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TSJ País VascoDespido improcedente de un trabajador que corrió una carrera popular estando de baja por un esguince: la doctrina gradualista impide la máxima sanciónIncapacidad temporal y Seguridad Social20/06/2017
Un trabajador de baja por un esguince de tobillo participó en una carrera popular de seis kilómetros. Aunque el chip de cronometraje registró un tiempo de 25 minutos y 53 segundos como si hubiera completado todo el recorrido, el TSJ dio por probado que en realidad solo corrió alrededor de un kilómetro y medio antes de abandonar por dolor, aprovechando que la salida y la meta se encontraban en el mismo lugar para volver a activar el chip al regresar. La empresa, entendiendo que había simulado su lesión o realizado una actividad incompatible con su recuperación, lo despidió por transgresión de la buena fe contractual; el juzgado de instancia declaró inicialmente la procedencia del despido.
El TSJ del País Vasco declara el despido improcedente. La Sala no disculpa la conducta —correr estando de baja fue imprudente y censurable, y podía dar lugar a sanción empresarial— pero aplica la doctrina gradualista: una conducta sancionable no justifica automáticamente la sanción máxima. Valora que se trató de un episodio único, que el trabajador abandonó al sentir dolor, que no actuó con ánimo de lucro ni para prolongar la baja, que no quedó acreditado que la carrera agravara la lesión o retrasara la curación (las revisiones médicas posteriores mostraron una ligera mejoría) y que acumulaba más de quince años en la empresa sin sanciones. Perder el empleo por aquel intento frustrado fue una sanción desproporcionada.
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