No cabe fijar la indemnización por vulneración de derechos fundamentales en el mínimo de la LISOS si concurren agravantes
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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Tribunal SupremoNo cabe fijar la indemnización por vulneración de derechos fundamentales en el mínimo de la LISOS si concurren agravantesIgualdad, discriminación y derechos fundamentales04/06/2025
Renfe sancionó a dos representantes de los trabajadores como represalia por su participación en una huelga, con cartas y sanciones de contenido idéntico. Los afectados reclamaron una indemnización superior al mínimo legal de la LISOS por vulneración de libertad sindical y derecho de huelga.
El Tribunal Supremo confirma que, con agravantes (dos derechos fundamentales vulnerados, carácter represaliador), no cabe fijar la indemnización en el mínimo LISOS (7.501 €) sin motivación adicional, y avala los 10.000 € fijados en instancia por estar razonados con indicadores concretos.
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