Despido procedente de un teletrabajador que abandonó su puesto y falseó el registro horario, descubierto mediante un detective privado
No se han encontrado resoluciones que coincidan con los filtros seleccionados.
| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
|---|
TSJ CataluñaDespido procedente de un teletrabajador que abandonó su puesto y falseó el registro horario, descubierto mediante un detective privadoDespido y extinción del contrato16/02/2024
Sospechando que un trabajador en régimen de teletrabajo no cumplía su jornada, la empresa contrató a un detective privado para verificar sus movimientos. El 22 de noviembre de 2021, el empleado abandonó su puesto a las 15:37 horas y pasó la tarde en el colegio de su hijo, un campo de fútbol y un restaurante, mientras su registro horario reflejaba una prestación de servicios ininterrumpida. La empresa lo despidió disciplinariamente. En instancia, el despido se declaró improcedente al considerar que el convenio colectivo exigía tres faltas injustificadas para apreciar una falta muy grave, y una sola ausencia no bastaba.
El TSJ de Cataluña revoca la sentencia y declara el despido procedente. La Sala explica que la gravedad de la conducta no residía únicamente en ausentarse durante parte de la jornada, sino en haber ocultado deliberadamente esa ausencia mediante un registro horario que reflejaba una prestación de servicios inexistente: no se le despedía por faltar un día, sino por simular que trabajaba y aprovechar la confianza inherente al trabajo a distancia. El teletrabajo no convierte la jornada en tiempo de libre disposición del trabajador; si existe un horario determinado, debe cumplirlo y registrar fielmente sus interrupciones, y la carta de despido debe describir tanto la ausencia como el falseamiento del registro.
Ver la ficha completa →También te puede interesar
Sentencias relacionadas
- ERTE injustificado si la empresa no prueba las causas: el tribunal puede negar valor a unas cuentas sin auditar
- Despido colectivo de hecho en Avanade: computan las bajas voluntarias y los ceses en periodo de prueba ligados a la reestructuración
- Despedir a una trabajadora víctima de violencia de género sin causa probada es nulo: su condición basta como indicio de discriminación
- Venta de una unidad productiva en concurso: la adquirente responde de los salarios pendientes salvo de la parte que asuma el FOGASA, si así lo dijo el juez
Documento oficial
Crónicas oficiales del Tribunal Supremo
Documento oficial
Instrucciones y acuerdos del CGPJ
Enlace oficial
Crónica de Jurisprudencia del Tribunal Supremo
El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo elabora cada año esta crónica con las sentencias más relevantes de todas sus Salas. En la página del CGPJ están todas las ediciones publicadas, desde la de 2016-2017 hasta la de 2025-2026.
