El Tribunal Supremo resuelve sobre la impugnación del cómputo como vacaciones del festivo inmediatamente posterior al período vacacional
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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Tribunal SupremoEl Tribunal Supremo resuelve sobre la impugnación del cómputo como vacaciones del festivo inmediatamente posterior al período vacacionalJornada, permisos y conciliación27/04/2026
Un trabajador impugnó la comunicación empresarial que computaba como día de vacaciones el festivo que caía inmediatamente después de su período vacacional, entendiendo que ese día debía tratarse como festivo y no descontarse de sus vacaciones anuales.
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre esta cuestión y sobre el plazo de caducidad para accionar frente a este tipo de comunicaciones empresariales, fijando el criterio aplicable para determinar desde cuándo empieza a correr el plazo del trabajador para impugnar judicialmente el cómputo realizado por la empresa.
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