El Tribunal Supremo anula el período de prueba impuesto por el nuevo titular de una notaría a un trabajador ya subrogado
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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Tribunal SupremoEl Tribunal Supremo anula el período de prueba impuesto por el nuevo titular de una notaría a un trabajador ya subrogadoOtros / doctrina y materias conexas16/02/2026
Un trabajador venía prestando servicios en una notaría cuando se produjo el cambio de titular, situación a la que resulta de aplicación la sucesión de empresa del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores al tratarse de una unidad productiva autónoma que se transmite. El nuevo notario titular pactó con el trabajador, ya integrado en la relación laboral subrogada, un nuevo período de prueba.
El Tribunal Supremo declara la nulidad de ese período de prueba: al operar la subrogación del artículo 44 ET, el nuevo empresario se subroga en los derechos y obligaciones del anterior, por lo que no cabe pactar un período de prueba respecto de un trabajador que ya venía desempeñando las mismas funciones, pues ello supondría privarle de la antigüedad y la estabilidad reconocidas en la relación laboral preexistente.
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