Condena a una empresa por daño moral al demorar de forma reiterada la tramitación de su propio protocolo antiacoso
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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TSJ GaliciaCondena a una empresa por daño moral al demorar de forma reiterada la tramitación de su propio protocolo antiacosoIgualdad, discriminación y derechos fundamentales02/07/2026
Una trabajadora presentó una denuncia por acoso a través del canal ético de su empresa. El Juzgado de lo Social de Ferrol declaró extinguida la relación laboral e impuso a la compañía el pago de 38.081 € por despido improcedente y de 3.750 € por daños y perjuicios, al constatar que la empresa había incumplido de forma reiterada y prolongada su propio protocolo de prevención del acoso, demorando la constitución de la comisión investigadora y la tramitación de la denuncia. Solo este segundo extremo fue recurrido por la empresa.
El TSJ de Galicia confirma la sentencia. La Sala destaca que la falta de diligencia en la gestión de la denuncia vulneró obligaciones empresariales en materia de prevención de riesgos laborales y afectó a un elemento esencial de cualquier protocolo antiacoso: la urgencia en la actuación, con una doble dimensión de daño, individual sobre la salud de la trabajadora y colectiva sobre la confianza del resto de la plantilla en el protocolo. Precisa además que esa demora genera un daño moral autónomo, independiente de que la trabajadora estuviera de baja durante parte de la tramitación. La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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