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La condena penal posterior no permite reabrir una sentencia firme sobre despido disciplinario

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Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (830 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
Tribunal SupremoLa condena penal posterior no permite reabrir una sentencia firme sobre despido disciplinarioDespido y extinción del contrato25/06/2026

Una empresa presentó una demanda de revisión de una sentencia firme de 2023 sobre un despido disciplinario relacionado con un caso de acoso sexual, invocando como hecho nuevo una condena penal posterior dictada por conformidad.

El Tribunal Supremo desestima la demanda de revisión, apreciando la caducidad de la acción y el agotamiento de los recursos disponibles, con condena en costas de 1.500 € a favor del trabajador y pérdida del depósito constituido, sin que quepa ulterior recurso.

DEMANDA DE REVISIÓNSENTENCIA PENALCONFORMIDAD PENALACOSO SEXUALCADUCIDAD DE LA ACCIÓNAGOTAMIENTO DE RECURSOS

ECLI: ES:TS:2026:2791 · Nº recurso: 15/2025 · Ponente: Juan Martínez Moya

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