La imprudencia del trabajador rebaja pero no elimina el recargo: 30 % por la caída de un tractor durante el sulfatado de viñedos
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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TSJ País VascoLa imprudencia del trabajador rebaja pero no elimina el recargo: 30 % por la caída de un tractor durante el sulfatado de viñedosPrevención de riesgos laborales y accidentes10/03/2026
En junio de 2022 un trabajador cayó del tractor con atomizador que usaba habitualmente para sulfatar viñedos y se fracturó el fémur. La Administración impuso un recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad. La empresa no negó el incumplimiento, pero pidió rebajar su porcentaje. El Juzgado lo redujo del 50 % al 30 %: no se probó que un fallo de los frenos, la ITV o el cinturón fuera causa decisiva, la pericial apuntó incluso a que el cinturón podía haber agravado el daño en ese impacto concreto, y se dio un peso relevante a la imprudencia técnica del trabajador.
El TSJ del País Vasco desestima los recursos de ambas partes y confirma el recargo del 30 %. Rechaza la revisión de los hechos probados y recuerda que el recargo tiene una naturaleza cuasi objetiva y reforzada: la concurrencia de culpa del trabajador no elimina automáticamente la responsabilidad empresarial, aunque puede modular su graduación, como ocurrió en instancia. Tampoco prospera el argumento del trabajador basado en la doctrina de los actos propios por haber aceptado la empresa la sanción administrativa.
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