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Una jefa de sala que insulta y amenaza a sus camareros en pleno servicio: despido procedente por malos tratos de palabra

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Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (796 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
TSJ AsturiasUna jefa de sala que insulta y amenaza a sus camareros en pleno servicio: despido procedente por malos tratos de palabraDespido y extinción del contrato31/03/2026

La primera jefa de sala de un restaurante de un complejo de golf en Gijón, durante una espicha del 28 de diciembre de 2024, llamó «hijos de puta» y «bastardos» a varios camareros y les advirtió de que a partir de entonces iban a «andar de rodillas» por el establecimiento, con otras amenazas sobre su continuidad. Lo hizo en pleno servicio, delante de otras personas y sin provocación previa. El juzgado dio por probado además que no era un episodio aislado: solía corregir a su equipo con palabras malsonantes e insultos. Tras la denuncia de un camarero, la empresa abrió expediente disciplinario y la despidió, añadiendo deficiencias en la organización de varios eventos. El juzgado de Oviedo declaró el despido procedente.

El TSJ desestima el recurso. Rechaza la revisión de hechos porque la trabajadora se apoyaba en la prueba testifical o en su propia valoración de la prueba, sin citar documentos ni periciales. En cuanto al fondo, el convenio de hostelería de Asturias califica como falta muy grave los malos tratos de palabra, el abuso de autoridad y la falta grave de respeto a otras personas trabajadoras (art. 50.6), y permite sancionarlos con el despido (art. 51). La empresa tipificó y sancionó correctamente, y la sanción es proporcionada a la conducta. La prescripción, alegada por primera vez en suplicación, no se examina por ser una cuestión nueva. Para el despacho: cuando quien insulta es un mando, la posición jerárquica y la reiteración pesan a favor del despido; y si se discuten los hechos, hay que tener prueba documental o pericial para revisarlos en suplicación.

DESPIDO DISCIPLINARIOMALOS TRATOS DE PALABRAABUSO DE AUTORIDADCONVENIO DE HOSTELERÍAPROPORCIONALIDADREVISIÓN DE HECHOS PROBADOSCUESTIÓN NUEVA

STSJ Asturias 552/2026, de 31 de marzo · ECLI: ES:TSJAS:2026:811 · Nº recurso: 2346/2025 · Ponente: José Luis Niño Romero

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