No perder la fecha de efectos de la prestación por hijo discapacitado por no avisar formalmente al INSS del inicio de la revisión de grado
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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Tribunal SupremoNo perder la fecha de efectos de la prestación por hijo discapacitado por no avisar formalmente al INSS del inicio de la revisión de gradoIncapacidad temporal y Seguridad Social08/04/2026
Una prestación en favor de familiares por hijo con discapacidad a cargo decayó al alcanzar este la mayoría de edad; sus progenitores instaron entonces la revisión del grado de discapacidad por dolencias congénitas, pero no comunicaron simultáneamente al INSS el inicio de ese expediente de revisión.
El Tribunal Supremo declara que esa omisión formal no priva al solicitante de retrotraer los efectos económicos de la prestación al momento en que se instó formalmente, y de forma diligente, la revisión del grado de discapacidad.
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