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El SEPE puede rectificar por sí mismo un error material en el reconocimiento de una prestación por desempleo

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Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (830 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
Tribunal SupremoEl SEPE puede rectificar por sí mismo un error material en el reconocimiento de una prestación por desempleoIncapacidad temporal y Seguridad Social15/04/2026

El SEPE había reconocido una prestación por desempleo calificando erróneamente a la beneficiaria como trabajadora fija discontinua cuando en realidad era indefinida a tiempo parcial con jornada concentrada.

El Tribunal Supremo avala que el SEPE pueda rectificar ese error material o de hecho por su propia autotutela administrativa, sin necesidad de acudir a la vía judicial ni sujetarse al plazo de caducidad anual propio de la revisión de actos declarativos de derechos.

AUTOTUTELA ADMINISTRATIVADESEMPLEOSEPE

ECLI: ES:TS:2026:1929 · Nº recurso: 4388/2024 · Ponente: Félix Vicente Azón Vilas

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