El SEPE puede rectificar por sí mismo un error material en el reconocimiento de una prestación por desempleo
No se han encontrado resoluciones que coincidan con los filtros seleccionados.
| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
|---|
Tribunal SupremoEl SEPE puede rectificar por sí mismo un error material en el reconocimiento de una prestación por desempleoIncapacidad temporal y Seguridad Social15/04/2026
El SEPE había reconocido una prestación por desempleo calificando erróneamente a la beneficiaria como trabajadora fija discontinua cuando en realidad era indefinida a tiempo parcial con jornada concentrada.
El Tribunal Supremo avala que el SEPE pueda rectificar ese error material o de hecho por su propia autotutela administrativa, sin necesidad de acudir a la vía judicial ni sujetarse al plazo de caducidad anual propio de la revisión de actos declarativos de derechos.
Ver la ficha completa →También te puede interesar
Sentencias relacionadas
- Viudedad: sin inscripción ni documento público no hay pareja de hecho, aunque haya cuatro hijos en común (régimen anterior al RDL 31/2026)
- Una autónoma embarazada que sube su base de cotización antes del parto no comete fraude: el INSS no puede sancionarla
- Accidente de trabajo con cinco meses de cuotas impagadas: la empresa no responde de las prestaciones si no hay una ruptura voluntaria de la cotización
- Subsidio por desempleo: lo que exceda de 20 días por año en un despido colectivo pactado computa como renta, aunque se cobre a plazos
Documento oficial
Crónicas oficiales del Tribunal Supremo
Documento oficial
Instrucciones y acuerdos del CGPJ
Enlace oficial
Crónica de Jurisprudencia del Tribunal Supremo
El Gabinete Técnico del Tribunal Supremo elabora cada año esta crónica con las sentencias más relevantes de todas sus Salas. En la página del CGPJ están todas las ediciones publicadas, desde la de 2016-2017 hasta la de 2025-2026.
