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La Administración puede reclamar por sí misma el reintegro de una pensión no contributiva cuando el beneficiario supera el límite de ingresos

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Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (830 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
Tribunal SupremoLa Administración puede reclamar por sí misma el reintegro de una pensión no contributiva cuando el beneficiario supera el límite de ingresosIncapacidad temporal y Seguridad Social16/04/2026

Se discutió si la Administración debía acudir a un proceso judicial para reclamar el reintegro de una pensión no contributiva cuando comprobó, de forma sobrevenida, que su titular superaba el nivel de ingresos que permite su percepción.

El Tribunal Supremo reconoce la potestad de autotutela administrativa para reclamar directamente ese reintegro como acto de gestión ordinaria ante la alteración sobrevenida de los requisitos materiales del beneficiario, sin que ello constituya una revisión de oficio formal que exija procedimiento judicial previo.

AUTOTUTELA ADMINISTRATIVAPENSIÓN NO CONTRIBUTIVAREINTEGRO DE PRESTACIONES

ECLI: ES:TS:2026:1813 · Nº recurso: 1959/2025 · Ponente: Antonio Vicente Sempere Navarro

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