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Despido procedente de un vigilante que mordió en el cuello a una dependienta: el protocolo de acoso no es un requisito formal del despido

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Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (725 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
TSJ MadridDespido procedente de un vigilante que mordió en el cuello a una dependienta: el protocolo de acoso no es un requisito formal del despidoDespido y extinción del contrato06/03/2026

Un vigilante de seguridad de la zona de joyería de unos grandes almacenes se acercó a una dependienta mientras colocaba precios en una vitrina, le dio varios mordiscos en el cuello y le dijo al oído una frase de contenido afectivo. Dos compañeras y un cliente presenciaron los hechos y la trabajadora, en estado de shock, los comunicó a su superior poco después. Fue despedido disciplinariamente. En el juicio alegó por primera vez que la empresa no había tramitado el protocolo de acoso del convenio y que eso afectaba a la calificación del despido, pero el Juzgado no admitió esa ampliación.

El TSJ de Madrid confirma la procedencia. La alegación sobre el protocolo debía plantearse en la demanda, porque introducirla en el juicio causaba indefensión a la empresa. Además, el protocolo de acoso tiene una finalidad preventiva y de protección de la víctima, y no es un requisito formal exigible para despedir. Los hechos acreditados, tres mordiscos aunque la carta hablaba de dos, constituyen un claro acoso sexual.

ACOSO SEXUALPROTOCOLO DE ACOSODESPIDO PROCEDENTEVARIACIÓN SUSTANCIAL DE LA DEMANDASEGURIDAD PRIVADA

STSJ Madrid 248/2026, de 6 de marzo · ECLI: ES:TSJM:2026:2668 · Nº recurso: 1148/2025 · Ponente: María del Carmen López Hormeño

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