Negar la concreción horaria de una reducción de jornada y un impago puntual no son acoso ni justifican la extinción del art. 50 ET
No se han encontrado resoluciones que coincidan con los filtros seleccionados.
| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
|---|
TSJ GaliciaNegar la concreción horaria de una reducción de jornada y un impago puntual no son acoso ni justifican la extinción del art. 50 ETIgualdad, discriminación y derechos fundamentales07/10/2025
Una trabajadora con dos hijos y turno fijo de mañana pidió en agosto de 2024 reducir un 25 % su jornada para cuidarlos, en horario de 7 a 13 horas. La empresa reconoció la reducción, pero rechazó la concreción horaria y propuso alternativas, y la trabajadora obtuvo en otro pleito sentencia favorable a su horario, con 7.501 € por daños morales. Pasó buena parte de 2023 y 2024 de baja, de vacaciones o disfrutando permisos. Después demandó la extinción de su contrato por incumplimiento grave y vulneración de derechos fundamentales, alegando acoso por la negativa a la reducción y el impago de complementos de IT. El Juzgado solo le reconoció 417,94 € por la nómina de septiembre de 2024.
El TSJ de Galicia desestima el recurso. Un impago puntual no es un incumplimiento grave que permita resolver el contrato por el art. 50 ET, y ni ese impago ni la negativa a la concreción horaria prueban un mobbing. El acoso exige elementos objetivos, como sistematicidad, relación con el trabajo, falta de amparo y gravedad, y subjetivos, como la intención denigratoria dirigida a una persona concreta, lo que lo distingue del ejercicio abusivo o arbitrario de las facultades empresariales, que solo afecta a derechos laborales. La trabajadora estuvo casi todo el periodo alegado de baja o de vacaciones y el litigio sobre su jornada refleja un conflicto laboral ordinario.
Ver la ficha completa →También te puede interesar
Sentencias relacionadas
- Minorar el plus de incentivo a las trabajadoras que estuvieron de baja médica es discriminación por razón de enfermedad
- Cambiar la contraseña del correo corporativo a un representante sindical durante su baja vulnera la libertad sindical: se mantienen 30.000 euros
- Condena a una empresa por daño moral al demorar de forma reiterada la tramitación de su propio protocolo antiacoso
- Acoso sexual de una profesora a un compañero en la Universidad de Málaga: se mantiene la suspensión de empleo y sueldo de tres años
Documento oficial
Crónicas oficiales del Tribunal Supremo
Documento oficial
