Un extrabajador debe devolver 28 equipos informáticos de la empresa o pagar 25.556 euros
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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TSJ CataluñaUn extrabajador debe devolver 28 equipos informáticos de la empresa o pagar 25.556 eurosOtros / doctrina y materias conexas01/04/2026
Una empresa reclamó a un trabajador despedido la devolución de 28 equipos informáticos, valorados en más de 36.500 euros, que se habían adquirido para su actividad y enviado a distintas direcciones, y que no logró recuperar tras la extinción del contrato pese a requerirle hasta tres veces. El trabajador alegó que desconocía el paradero de parte de los equipos e invocó el art. 1122 del Código Civil, según el cual la obligación de entregar se extingue si la cosa se pierde sin culpa del deudor.
El TSJ de Cataluña rechaza sus argumentos: no consta que los equipos se perdieran, sino que se pusieron a su disposición o se entregaron a terceros con su conocimiento y, sencillamente, no se devolvieron. Le condena a devolverlos o a identificar a quienes los tienen y, en su defecto, a pagar 25.556 euros más intereses.
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