Un solo episodio de embriaguez que impide hacer el servicio justifica el despido por transgresión de la buena fe, aunque no sea habitual
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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TSJ CataluñaUn solo episodio de embriaguez que impide hacer el servicio justifica el despido por transgresión de la buena fe, aunque no sea habitualDespido y extinción del contrato23/01/2026
Un conductor fue enviado a un festival en Madrid para cargar el material de un grupo musical y llevarlo a Barcelona. Durante la espera usó el pase de backstage para pedir alcohol y acabó con síntomas claros de embriaguez; seguridad lo expulsó, el responsable de producción le pidió las llaves del camión y se marchó sin hacer la carga ni el transporte, de modo que el cliente tuvo que cargar el vehículo siguiendo instrucciones de la empresa. Fue despedido por transgresión de la buena fe, abuso de confianza y abandono del trabajo, y el Tribunal de Instancia declaró el despido procedente.
El TSJ de Cataluña desestima el recurso. No hay nulidad por que la empresa no aportara los registros horarios ni los discos del tacógrafo: el art. 94 LRJS no opera automáticamente y los hechos se probaron con testigos, mensajes y audios. Tampoco hay incongruencia por mencionar insultos no incluidos en la carta, pues solo sirvieron para acreditar su estado. Y no era necesario probar una embriaguez habitual del art. 54.2.f) ET: la calificación jurídica de la carta no vincula al juez y un único episodio que impide prestar el servicio, genera riesgos y obliga a empresa y cliente a hacerse cargo encaja en la transgresión de la buena fe del art. 54.2.d) ET.
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