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El permiso retribuido para consultas médicas incluye al dentista: el Supremo confirma el derecho de la plantilla de Covisian

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Tribunal SupremoEl permiso retribuido para consultas médicas incluye al dentista: el Supremo confirma el derecho de la plantilla de CovisianJornada, permisos y conciliación04/02/2026

La plantilla de Covisian tenía reconocido, por regulación interna de la empresa, un permiso retribuido de hasta 35 horas anuales para acudir a consultas médicas, propias o acompañando a descendientes menores, ascendientes mayores de 65 años o personas dependientes a cargo. La empresa pasó a excluir las citas con el dentista. La Audiencia Nacional reconoció el derecho a usar el permiso para consultas de dentista, odontólogo o estomatólogo, tanto de la sanidad pública como de la privada.

El Tribunal Supremo confirma la sentencia. La expresión «consultas médicas» debe interpretarse no solo por su literalidad, sino por su finalidad, sus antecedentes y la realidad social: dentistas, odontólogos y estomatólogos son profesionales sanitarios equiparables a cualquier otro especialista y la atención bucodental forma parte de las prestaciones sanitarias. Además, la empresa venía admitiendo justificantes de asistencia al dentista, lo que ayuda a fijar el alcance real del permiso e impide reinterpretarlo después de forma unilateral y restrictiva. No es un permiso del Estatuto, pero el criterio es trasladable a convenios, planes de igualdad o pactos que reconozcan permisos para consultas médicas sin excluir al dentista.

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STS 128/2026, de 4 de febrero · ECLI: ES:TS:2026:693 · Nº recurso: 17/2025 · Ponente: Félix Vicente Azón Vilas

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