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El TSJ de Comunidad Valenciana avala el cese de un gerente de Mercadona en su puesto de confianza y su reubicación con reducción salarial

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Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (618 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
TSJ Comunidad ValencianaEl TSJ de Comunidad Valenciana avala el cese de un gerente de Mercadona en su puesto de confianza y su reubicación con reducción salarialDespido y extinción del contrato08/01/2026

Un trabajador con 36 años de antigüedad en Mercadona, que ocupaba un puesto de libre designación como gerente y propietario de área, fue cesado de esa posición de confianza tras recibir varias actas de reprimenda que motivaron la pérdida de confianza de la empresa en él. Fue reubicado como coordinador de mantenimiento en otro centro de trabajo, con una reducción salarial progresiva, y posteriormente inició una incapacidad temporal por ansiedad y depresión. Reclamó judicialmente entendiendo que se había producido una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo, discriminación por razón de edad ante la proximidad de su jubilación e incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales.

El TSJ de Comunidad Valenciana desestima el recurso de suplicación del trabajador. Confirma que el cese en un puesto de libre designación o de confianza es una potestad discrecional del empresario que no exige la concurrencia de una causa objetiva como la de un despido ordinario, y que la reubicación posterior dentro del mismo grupo profesional no constituye una modificación sustancial de condiciones de trabajo del artículo 41 ET. Descarta también la discriminación por edad, al no apreciar relación entre la proximidad a la jubilación y la decisión empresarial, y concluye que no quedó acreditado ningún incumplimiento en materia preventiva.

PUESTO DE CONFIANZALIBRE DESIGNACIÓNMODIFICACIÓN SUSTANCIALDISCRIMINACIÓN POR EDADREUBICACIÓN

ECLI: ES:TSJCV:2026:122 · Nº recurso: 2218/2025 · Ponente: Gema Palomar Chalver