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Es válida la extinción por jubilación obligatoria cuando la empresa acredita haber contratado a un nuevo trabajador indefinido para el mismo puesto

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Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (618 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
TSJ Castilla y LeónEs válida la extinción por jubilación obligatoria cuando la empresa acredita haber contratado a un nuevo trabajador indefinido para el mismo puestoDespido y extinción del contrato05/02/2026

Un jefe de planta con antigüedad desde 2012 cumplió la edad legal de jubilación el 30 de enero de 2022. La empresa le comunicó el 19 de marzo de 2024 que reunía los requisitos para la jubilación ordinaria y, el 27 de mayo de 2024, extinguió su contrato por jubilación obligatoria, contratando de forma indefinida a un nuevo trabajador para el puesto.

La Sala desestima el recurso de suplicación del trabajador y confirma la sentencia de instancia: la jubilación obligatoria fue válida conforme a la disposición adicional décima del Estatuto de los Trabajadores, al satisfacerse los objetivos de política de empleo mediante la contratación indefinida de un nuevo trabajador. Sin condena en costas.

JUBILACIÓN OBLIGATORIADISPOSICIÓN ADICIONAL 10ª ETPOLÍTICA DE EMPLEO

STSJCYL 38/2026, de 5 de febrero · rec. 984/2025 · ECLI: ES:TSJCL:2026:212 · Ponente: Jesús Carlos Galán Parada