Competencia desleal: el TSJ de Madrid valida la revisión del móvil personal de un directivo usado en régimen BYOD y le condena a pagar 398.489 euros
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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TSJ MadridCompetencia desleal: el TSJ de Madrid valida la revisión del móvil personal de un directivo usado en régimen BYOD y le condena a pagar 398.489 eurosPrueba, videovigilancia y protección de datos20/05/2026
Tres directivos dejaron la empresa para incorporarse a una competidora. Mientras seguían en plantilla, intercambiaban por WhatsApp y correo información sobre clientes, contratos, precios y operaciones. La empresa sospechó un desvío de negocio y revisó el móvil personal de uno de ellos, que alegó vulneración de su intimidad y pidió que toda la prueba digital se declarase ilícita.
El TSJ de Madrid rechaza la ilicitud. Aunque el teléfono era personal, estaba integrado en un sistema BYOD y se usaba habitualmente para trabajar; el manual de la empresa advertía de que las comunicaciones profesionales podían supervisarse y la investigación se limitó a una sospecha concreta de competencia desleal. La prueba se obtuvo mediante clonado forense con verificación de su integridad y cadena de custodia, y aplicando la doctrina Barbulescu del TEDH el control fue proporcionado. Confirma la condena del trabajador a indemnizar a la empresa con 398.489 euros por los daños de la competencia desleal.
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