Recargo solidario del 30% a la empresa de reparto y a la empresa usuaria por el accidente de un trabajador golpeado por un carro de reparto
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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TSJ Comunidad ValencianaRecargo solidario del 30% a la empresa de reparto y a la empresa usuaria por el accidente de un trabajador golpeado por un carro de repartoPrevención de riesgos laborales y accidentes27/11/2025
Un trabajador de una empresa de reparto sufrió un accidente en las instalaciones de un centro logístico cuando un compañero le golpeó el pie con un carro de reparto manual durante las labores de carga. Las botas de seguridad que llevaba resultaron insuficientes para evitar la lesión; tras el accidente se instalaron cubiertas de goma en los carros y se sustituyó el calzado de seguridad por modelos más altos.
La Sala desestima los recursos de ambas empresas y confirma el recargo del 30% sobre las prestaciones derivadas del accidente, impuesto solidariamente a la empresa de reparto y a la empresa usuaria del centro logístico por la omisión de medidas de seguridad adecuadas en la operativa de carga.
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