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Nokia no puede rebajar por debajo del 0,35 el multiplicador de la retribución variable: es una condición más beneficiosa respetada durante años

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Base de datos elaborada a partir de un archivo propio de sentencias (637 resoluciones). Los resúmenes son una síntesis propia y no oficial: no sustituyen la lectura de la resolución íntegra ni constituyen asesoramiento jurídico. Cuando la fuente presenta alguna incidencia (documento escaneado sin texto, posible desajuste de título, resolución ajena al orden social, etc.) se indica expresamente en la propia ficha.
Tribunal SupremoNokia no puede rebajar por debajo del 0,35 el multiplicador de la retribución variable: es una condición más beneficiosa respetada durante añosRetribución, complementos y beneficios01/07/2026

UGT, CCOO y COBAS impugnaron por conflicto colectivo la decisión de Nokia Spain, comunicada en enero de 2024, de aplicar en el cálculo de la retribución variable de 2023 un multiplicador de resultado de negocio (BRM) inferior al 0,35: un 0,11 en la unidad de negocio MN y un 0,34 en la unidad corporativa. Una sentencia del Tribunal Supremo de 2010 ya había reconocido ese mínimo del 0,35 como condición más beneficiosa de los empleados de la antigua Nokia Siemens Networks, empresa que, tras varias fusiones y sucesiones, acabó convertida en la actual Nokia Spain. La Audiencia Nacional declaró nula la decisión y el derecho de la plantilla a cobrar la variable con el multiplicador mínimo del 0,35.

El Tribunal Supremo desestima el recurso de la empresa y confirma la sentencia. Queda acreditado que, de 2013 a 2022, Nokia Spain aplicó siempre a toda la plantilla un BRM superior al 0,35, también tras homologar las condiciones del personal procedente de las distintas fusiones. Por eso la condición más beneficiosa alcanza a todos los trabajadores y no solo a los de la empresa original. La Sala rechaza que la condición quedara absorbida por el nuevo convenio colectivo y descarta la infracción de los arts. 3.1, 26.3 y 44 ET, porque la condición más beneficiosa es precisamente una mejora sobre las previsiones legales y convencionales.

CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSARETRIBUCIÓN VARIABLEBONUSSUCESIÓN DE EMPRESACONFLICTO COLECTIVO

STS 615/2026, de 1 de julio · ECLI: ES:TS:2026:3242 · Nº recurso: 175/2025 · Ponente: Ignacio García-Perrote Escartín

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