Nulo el desistimiento en periodo de prueba comunicado media hora después de que el trabajador avisara por WhatsApp de una posible baja por COVID
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| Título | Tribunal | Fecha | Materia | ECLI |
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TSJ MurciaNulo el desistimiento en periodo de prueba comunicado media hora después de que el trabajador avisara por WhatsApp de una posible baja por COVIDIgualdad y no discriminación13/05/2025
Un trabajador con contrato sujeto a periodo de prueba de 30 días comunicó a su encargada, por WhatsApp, que no acudiría a trabajar porque su padre había dado positivo en COVID-19 y él mismo se encontraba mal. Treinta minutos después, la empresa le comunicó la extinción del contrato alegando la no superación del periodo de prueba por falta de adecuación de su perfil profesional.
La Sala confirma la nulidad de la extinción por vulneración del derecho a la integridad física del artículo 15 de la Constitución: la inmediatez entre el aviso de la posible baja médica y el desistimiento empresarial evidencia que la decisión respondió a esa comunicación. Condena a la empresa a la readmisión inmediata, al abono de los salarios dejados de percibir desde el 20 de febrero de 2022 y de una indemnización de 9.000 euros por daños morales.
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